Ayer, en la plenaria del Senado se aprobó, en octavo y último debate, el proyecto de acto legislativo que reforma el sistema de control fiscal del país y otorga al Contralor General de la República la función excepcional de control preventivo y concomitante, y otras facultades.
De acuerdo a lo aprobado, el control fiscal se ejercerá en forma posterior y selectiva y podrá ser preventivo y concomitante, según sea necesario para garantizar la defensa y protección del patrimonio público. (Lea: Llega a cuarto debate la reforma al modelo de control fiscal)
Luego de escuchar diversas proposiciones a favor y en contra, el Senado acordó mantener las contralorías regionales, cuyos titulares serán elegidos por concurso de méritos, único y nacional, con el fin de evitar que haya interferencia de las autoridades departamentales y municipales.
Igualmente, se decidió avalar que el periodo de los contralores territoriales sea de cuatro años y no coincidirán en su elección con los alcaldes y gobernadores. (Lea: ¿Quién es competente para vigilar la gestión fiscal de entidades que administran recursos nacionales?)
Por otra parte, no se eliminarán las auditorías y sus titulares se elegirán para un periodo de cuatro años. Igualmente, se votó un artículo nuevo que permite crear una subcomisión para hacer seguimiento a lo aprobado en este proyecto de acto legislativo.
Se mantiene la disposición que busca mayor celeridad en el control jurisdiccional de los fallos de responsabilidad fiscal, así: “El control jurisdiccional de los fallos de responsabilidad fiscal gozará de etapas y términos procesales especiales, con el objeto de garantizar la recuperación oportuna del recurso público. Su trámite no podrá ser superior a un año, en la forma en que lo regule la ley”.
El artículo tercero se aprobó con 86 votos por el sí y ninguno por el no, el texto indica que los resultados de los ejercicios de vigilancia y control fiscal, así como de las indagaciones preliminares o los procesos de responsabilidad fiscal adelantados por las contralorías tendrán valor probatorio ante la Fiscalía General de la Nación y el juez competente.
Tras la votación del articulado, pasa a conciliación con lo que fue aprobado en la Cámara de Representantes, para su posterior promulgación.